- Tipo: Negocios
- Operación Venta
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Municipio: Dos Hermanas
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Población:Dos Hermanas
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Terraza: Sí
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Metros: 137m2
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Año de construcción: 1990
Características
- Aire acondicionado: si
- Orientación: Sur
- Estado: Disponible
Detalles
Oportunidad única de adquirir un local comercial en el corazón de Dos Hermanas, ideal para emprendedores y empresarios. Esta propiedad se encuentra ubicada en la zona más dinámica y transitada del centro, a tan solo 50 metros del Ayuntamiento y del Mercado de Abasto, lo que garantiza una alta visibilidad y afluencia constante de potenciales clientes. El local cuenta con una superficie útil de 125 m², distribuida eficientemente para maximizar su uso. En buen estado general, ofrece aire acondicionado como uno de sus extras destacados; además dispone de aseo instalado para comodidad tanto del propietario como de los visitantes. Con aproximadamente 12 metros lineales dedicados al escaparate frontal, este espacio es perfecto para exhibir productos o servicios ante un público amplio e interesado. No pierda la oportunidad: por ?229000 puede iniciar el negocio que siempre soñó en esta ubicación privilegiada. SI QUIERES AMPLIAR INFORMACIÓN O VISITARLO, ¡NO DUDES EN LLAMARNOS! Para la venta: *Gastos de Notaría: La Minuta se calculará según al arancel notarial oficial: Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. Enlace: notariared.com/calculadora-gastos-compra-vivienda/ *Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial: ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Igual enlace anterior *Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden de forma estimativa a [363 ? aprox.] (IVA incluido), aunque depende de cada caso, y su dificultad. *Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. *Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. (3% sobre el valor de venta ) Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. *Si necesita Financiación, su banco le informará *Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 6%. 3,5%, etc, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el superior entre: 1.- Valor de Referencia de Catastro; y 2.- Precio de venta. Puede calcular su situación personal en el portal oficial de la A.T. de Andalucía. enlace:. juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html
Gastos de Compraventa
Calcula el coste total real de adquisición de este inmueble de acuerdo con las obligaciones de transparencia de la Ley 10/2025.
Datos del inmueble
El precio se obtiene del anuncio. Indica el tipo de inmueble y la comunidad autónoma.
Impuesto aplicable
Indica el perfil del comprador. La calculadora aplicará automáticamente el tipo más favorable que pueda verificar, y te avisará si hay condiciones de renta que no puede comprobar.
Al no ser vivienda habitual se aplica el tipo general de la CCAA. Los tipos reducidos no están disponibles.
¿Habrá hipoteca?
Selecciona el porcentaje de financiación (LTV) o indica que es compra al contado.
Capacidad financiera
Introduce los datos económicos del comprador para calcular la viabilidad de la operación. Todos los campos son opcionales.
Introduce los ingresos para ver el ratio de endeudamiento.
Todos estos gastos deben aparecer desglosados en el anuncio desde el primer momento de su publicación.
Estimación orientativa. Impuestos según normativa vigente a 26/09/2026. Notaría, registro y gestoría calculados conforme a aranceles en vigor (IVA incluido). Cataluña: escala progresiva 10-13% (Decreto-ley 5/2025) — 10% hasta 600k€ · 11% hasta 900k€ · 12% hasta 1,5M€ · 13% resto. Grandes tenedores: 20%. Se recomienda consultar con un profesional para el cálculo exacto.

