- Tipo: Casas o chalets
- Operación Venta
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Municipio: Almería
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Población:Almería
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Habitaciones: 3
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Baños: 3
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Terraza: Sí
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Metros: 211m2
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Año de construcción: 2007
Características
- Aire acondicionado: no
- Estado: Disponible
- Emisiones: 90.0
Detalles
Vivienda ubicada en la exclusiva zona de la Almadraba de Monteleva, en Cabo de Gata (Almería), ideal para quienes buscan tranquilidad y entorno natural junto al mar. La propiedad se distribuye en varias plantas. En la planta semisótano encontramos un espacio totalmente diáfano, perfecto como zona de ocio, almacenamiento o para adaptar según necesidades. En la planta baja se sitúa un amplio y luminoso salón, un cuarto de baño completo con plato de ducha, cocina funcional y un agradable patio. Además, dispone de cochera independiente con acceso directo a la vivienda, lo que aporta comodidad y practicidad. La primera planta alberga la zona de descanso, con un dormitorio principal que cuenta con baño en suite con bañera y acceso a una terraza privada. También encontramos dos dormitorios dobles adicionales y un cuarto de baño con plato de ducha. En la segunda planta se accede a una fantástica terraza solárium, ideal para disfrutar del buen clima durante todo el año, en compañía, y deleitarse con unas magníficas vistas al mar, las salinas y la montaña. La vivienda cuenta con preinstalación de aire acondicionado y se encuentra en perfecto estado, lista para entrar a vivir. Un hogar perfecto tanto como residencia habitual o como segunda vivienda en un entorno privilegiado. No dejes pasar la oportunidad de vivir en el paraíso ¡¡Llámanos y la vemos!! Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025) PRECIO DE VENTA: 450.000? + GASTOS En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación: ? Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía (generalmente el 7% (31.500?), sin perjuicio de tipos reducidos del 3,5%, 1,2% o 1% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. ? Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. ? Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. ? Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden a 100? (IVA incluido). ? Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. ? Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html
Gastos de Compraventa
Calcula el coste total real de adquisición de este inmueble de acuerdo con las obligaciones de transparencia establecidas por la Ley 10/2025.
Datos del inmueble
El precio de venta se obtiene directamente del anuncio. Indica si se trata de obra nueva o segunda mano y selecciona la comunidad autónoma para aplicar el tipo impositivo correcto.
¿Habrá hipoteca?
Si el comprador necesita financiación bancaria, los gastos de constitución de la hipoteca deben también contemplarse en el coste total de la operación.
Todos estos gastos deben aparecer desglosados en el anuncio del inmueble desde el primer momento de su publicación. Queda prohibida la práctica del precio por tramos: no se pueden añadir costes adicionales durante la negociación que no figurasen en el anuncio inicial.
Estimación orientativa. Los impuestos (ITP, IVA/IGIC, AJD) son fijos según la normativa vigente a 06/03/2026. Los importes de notaría, registro y gestoría son aproximaciones calculadas conforme a los aranceles en vigor. Nota: Cataluña aplica ITP del 10% hasta el 30/06/2026 y bajará al 9% a partir del 01/07/2026. Se recomienda consultar con un profesional para obtener el cálculo exacto adaptado a cada operación.

