- Tipo: Casas o chalets
- Operación Venta
-
Municipio: Soto del Barco
-
Población:Soto del Barco
-
Terraza: Sí
-
Planta: 3º
-
Metros: 666m2
-
Año de construcción: 1900
Características
- Aire acondicionado: no
- Estado: Disponible
Detalles
¡Descubre una joya en el corazón de Asturias! Esta impresionante casa/chalet independiente, conocida como "El Palacio", se sitúa en Riveras, entre Soto del Barco y Pravia. Con una parcela de 1.200 m², esta antigua casona asturiana ofrece un sinfín de posibilidades para aquellos que buscan un proyecto de rehabilitación total. Con 666 m² construidos, la propiedad cuenta con dos edificaciones independientes, cada una con tres plantas, lo que la convierte en una opción ideal para viviendas familiares, apartamentos turísticos o incluso un hotel rural. Imagina transformar este espacio en un refugio acogedor, rodeado de un entorno natural privilegiado y a solo 5 minutos del Aeropuerto de Avilés. La proximidad a la costa y la alta demanda turística de la zona hacen de esta propiedad una oportunidad única para inversores. Además, cuenta con la posibilidad de incluir garaje, trastero y plazas de aparcamiento en la finca, así como la opción de crear terrazas y otros espacios exteriores según la rehabilitación. No dejes pasar esta oportunidad de adquirir un inmueble con un gran potencial en una ubicación privilegiada. Esta casa es perfecta para dar rienda suelta a tu creatividad y convertirla en el hogar o negocio de tus sueños. ¡Ven a visitarla y empieza a imaginar el futuro que puedes construir aquí! * Según la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, se informa que los gastos e impuestos que conlleva la adquisición no están incluidos en el precio indicado: * El vendedor asume la plusvalía y el resto de gastos son del comprador. * Segundas transmisiones, el comprador abona el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). * El comprador escoge la notaría. Los gastos de Notaría están regulados en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial y los gastos de Registro según el arancel oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, los aranceles varían en función del precio, número de copias y complejidad. Los gastos de Gestoría por la tramitación administrativa de la compraventa, presentación, liquidación de impuestos y la inscripción en el Registro de la Propiedad, serán de la parte compradora, en caso de que decida encargar dichos trámites a un profesional, su importe varía en función del profesional o entidad designada para su realización. Si el comprador necesita préstamo hipotecario, la tasación, condiciones y costes bancarios según entidad elegida por el comprador; así como los gastos de gestoría y cualesquiera otros inherentes a la formalización de la compraventa serán de su cuenta, salvo pacto expreso en contrario con el vendedor. * Honorarios de intermediación inmobiliaria a cargo del vendedor.
Gastos de Compraventa
Calcula el coste total real de adquisición de este inmueble de acuerdo con las obligaciones de transparencia de la Ley 10/2025.
Datos del inmueble
El precio se obtiene del anuncio. Indica el tipo de inmueble y la comunidad autónoma.
Impuesto aplicable
Indica el perfil del comprador. La calculadora aplicará automáticamente el tipo más favorable que pueda verificar, y te avisará si hay condiciones de renta que no puede comprobar.
Al no ser vivienda habitual se aplica el tipo general de la CCAA. Los tipos reducidos no están disponibles.
¿Habrá hipoteca?
Selecciona el porcentaje de financiación (LTV) o indica que es compra al contado.
Capacidad financiera
Introduce los datos económicos del comprador para calcular la viabilidad de la operación. Todos los campos son opcionales.
Introduce los ingresos para ver el ratio de endeudamiento.
Todos estos gastos deben aparecer desglosados en el anuncio desde el primer momento de su publicación.
Estimación orientativa. Impuestos según normativa vigente a 25/09/2026. Notaría, registro y gestoría calculados conforme a aranceles en vigor (IVA incluido). Cataluña: escala progresiva 10-13% (Decreto-ley 5/2025) — 10% hasta 600k€ · 11% hasta 900k€ · 12% hasta 1,5M€ · 13% resto. Grandes tenedores: 20%. Se recomienda consultar con un profesional para el cálculo exacto.

